OPINIÓN

¿Refundación fiscal?

TRANSVERSAL / David Gómez-Álvarez EN MURAL

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Qué orden de gobierno cobra qué impuestos y qué presupuesto ejerce es la definición minimalista de federalismo fiscal. Desde la economía política este arreglo intergubernamental se refiere al acuerdo sobre cómo se distribuyen los recursos públicos en un país, sean o no federales. Desde luego que en los federalismos como el mexicano esta arquitectura cobra mayor relevancia por la soberanía de dos órdenes de gobierno que, en teoría, deciden unirse para formar una Federación y, por tanto, para poder separarse.