FGR, UIF y Poder Judicial
OPINIÓN INVITADA / Alfredo Lecona EN MURAL
La FGR. La Corte da, la Corte quita. Por un lado -gracias a una controversial e inédita maniobra de la FGR y la SHCP-, el pasado martes 25, el Pleno de la Suprema Corte decidió mantener la constitucionalidad de la facultad del Ministerio Público para acceder sin orden judicial a la información bancaria de las personas (Reforma, 26 de junio, página 4), a pesar de que 5 días antes declaró dicha facultad como contraria al derecho a la privacidad; por el otro, en semanas recientes, la Segunda Sala acotó las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y de paso veló una amenaza contra sus funcionarios, a propuesta del ministro Eduardo Medina Mora, quien también propuso el proyecto que benefició a la FGR.
La UIF. Seguir la ruta del dinero es algo lógico en el combate a la corrupción y el crimen organizado, pero en sexenios pasados la participación de la UIF en investigaciones penales parecía una actividad inexistente. El pacto de impunidad tiene una importante cláusula en la inacción o complicidad de funcionarios que no ejercen sus facultades.
En los últimos meses, la UIF bloqueó cuentas bancarias relacionadas con Emilio Lozoya y Alonso Ancira (por el caso de la compraventa de Agronitrogenados), con el general León Trauwitz (por el huachicoleo que encubrió) y con "El Sony" (quien bajo el portal ZonaDivas creó una red de explotación sexual de más de 2 mil mujeres), entre otras relacionadas con lavado de dinero y delitos así de diversos.
El Poder Judicial. El pasado 22 de mayo, la Segunda Sala de la Corte ratificó que los jueces pueden suspender provisionalmente el desbloqueo de cuentas bancarias, con excepción de aquellas que hayan sido bloqueadas por solicitud de gobierno extranjero u organismo internacional. La resolución, propuesta por Medina Mora y aprobada por unanimidad, se dictó al dirimir una Contradicción de Tesis, derivada de un Tribunal Colegiado que consideró que el desbloqueo de cuentas no ocasiona perjuicio al interés social y otro que consideró que sí lo ocasiona. El primer criterio en contradicción emanó precisamente del caso de León Trauwitz y el segundo de una empresa denominada "Desarrollo Humano 2011". Ganó el criterio judicial que benefició a Trauwitz.
Se puede debatir si esa tesis es la más beneficiosa para el interés público -personalmente considero que es contrario al derecho internacional público, al someter y condicionar la validez de una importante medida cautelar a peticiones de colaboración internacional-, pero también en la resolución apareció la amenaza a Santiago Nieto y el personal de la UIF.
En sus consideraciones, Medina Mora argumentó que es posible que la UIF decida discrecionalmente no levantar el bloqueo de una cuenta, aunque lo anterior fuera ordenado por un juez, con la condición de acreditar posteriormente la existencia de una solicitud internacional para realizar el bloqueo. En la página 25 de la resolución, advirtió que si la UIF no comprueba que tiene esa solicitud, aun contando con elementos que permitan acreditar que existe lavado de dinero, sus servidores podrían incurrir en responsabilidad penal.
Algún ruido habrá hecho en la Corte o alguna apariencia habrá querido guardar Medina Mora (quizás por el hecho de que la UIF también ha bloqueado o bloqueará cuentas de integrantes del Poder Judicial) para que el pasado 20 de junio, él mismo promoviera una "Aclaración de (su propia) Sentencia" eliminando el párrafo con la amenaza.
La jurisprudencia que generó lo anterior ya está siendo usada por algunos jueces para ordenar la suspensión de bloqueos en varios casos y la UIF ha tenido que liberar cuentas relacionadas con León Trauwitz, Emilio Lozoya, Alonso Ancira y "El Sony", entre otras.
El combate a delitos relacionados con lavado de dinero está siendo moldeado por las acciones de la UIF y las decisiones del Poder Judicial. A la FGR se le ha fortalecido aun sobre el derecho a la privacidad y a la UIF se le ha acotado y advertido. Solo el equilibrio entre el uso de facultades y fallos judiciales -sin excesos, injerencias o dedicatorias, de ninguno de los bandos- podrá inaugurar un modelo más eficiente para combatir delitos graves y crímenes atroces.

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